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13/01/2017

Campaña informativa sobre las competencias de los fisioterapeutas

Campaña informativa sobre las competencias de los fisioterapeutas El Colegio Profesional de Fisioterapeutas de Andalucía ha lanzado una campaña informativa para aclarar conceptos y competencias de la profesión. Está dirigida a otros profesionales sanitarios, como el colectivo médico.

La fisioterapia, igual que otras disciplinas sanitarias, no se prescribe. A esta especialidad se deriva y puede hacerlo cualquier profesional de la salud. Las competencias profesionales de este colectivo están descritas y avaladas por la ley: Evaluar, realizar el diagnóstico de fisioterapia, diseñar y dirigir el tratamiento y registrar la evolución del paciente.

Como profesionales autónomos, los fisioterapeutas son responsables de llevar a cabo de forma completa el método de intervención asistencial de Fisioterapia. La valoración y el diagnóstico son parte fundamental de su actividad. Además, deben registrar todas sus actuaciones por escrito ya que es derecho del paciente y una obligación del profesional.

Las competencias están claramente descritas en la Orden CIN/2135/2008, de 3 de julio y habilitan a los fisioterapeutas para el ejercicio de la profesión. De forma resumida, son las siguientes:

- Valorar el estado funcional del paciente. Utilizan instrumentos, herramientas y escalas propias de la profesión y áreas de disciplinas afines.

- Realizar el diagnóstico de Fisioterapia. Deben saber identificar problemas susceptibles de ser abordados, siendo las alteraciones del movimiento el eje de su trabajo.

- Diseñar el plan de intervención de Fisioterapia. Establecen las estrategias terapéuticas, preventivas y promotoras de salud que la persona precise. 

- Dirigir, coordinar y ejecutar el plan de intervención. Son los responsables del desarrollo pleno de su trabajo, integrando en él las aportaciones de otros profesionales.

- Evaluar la evolución en base a los resultados obtenidos. Realizan el seguimiento de sus pacientes para analizar los resultados obtenidos con sus intervenciones.

- Elaborar el informe de alta. Escriben la historia clínica de Fisioterapia, fruto de la cual se debe realizar el informe de alta.

- Participar en la elaboración de protocolos de Fisioterapia basados en la evidencia. Deben ser activos en la actualización de nuestras actuaciones en función de los avances de la ciencia.

En cuanto a la valoración diagnóstica de cuidados de Fisioterapia, consiste en la detección de problemas de salud mediante el juicio clínico, tras la recogida de datos y análisis de los mismos, de la situación vital del individuo para preservar, conservar o asistir dicho estado de salud, por medio de Fisioterapia. El objetivo es incrementar el bienestar, recuperar una función perdida o evitar que se pueda sufrir algún perjuicio.

Estas funciones pueden ser desarrolladas a través de varios procedimientos:

- Diagnósticos:
  • Procedimientos Manuales: La exanimación y valoración manual, ya sea en forma de palpación, movilización, y/o test ortopédicos, es una herramienta más para el establecimiento del diagnóstico clínico.
  • Procedimientos Materiales: El ejercicio de la Fisioterapia incluye, para la evaluación y diagnóstico, y para el estudio de la evolución de los usuarios, el uso y ejecución de materiales tales como el ecógrafo, cuestionarios, escalas, algómetros, dinamómetros...
- Terapéuticos: 
  • Terapia Manual: Constituye la esencia de la profesión. Incluye movilizaciones, masoterapia, manipulaciones...
  • Ejercicio Terapéutico: El diseño de un programa de ejercicio terapéutico debe ser elaborado por un fisioterapeuta y es una herramienta básica para la recuperación de patologías musculoesqueléticas, cardiacas o respiratorias, entre otras, así como de la autonomía funcional del paciente.
  • Terapia Invasiva: Técnicas como la electrolisis percutánea o la punción seca, en las que no se introduce ninguna sustancia en el cuerpo del paciente, son también competencia del fisioterapeuta.
  • Medios o Agentes Físicos: La aplicación de agentes físicos como la electroterapia, ultrasonidos, microondas, onda corta, vendaje... para el tratamiento de procesos patológicos, es competencia del fisioterapeuta, no pudiendo ser utilizado para estas funciones por profesionales no sanitarios.

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